El nuevo decreto del euskera busca garantizar la atención bilingüe a 124.000 navarros











El Gobierno de Navarra trabaja sobre un borrador de decreto foral del euskera en la Administración que pretende actualizar la aplicación de la Ley del Vascuence buscando garantizar el derecho de la ciudadanía a ser atendida en una de las dos lenguas propias de Navarra y, al mismo tiempo, dar seguridad jurídica a los diferentes convocatorias públicas de empleo y otras situaciones en el ámbito de las plantillas de la Administración.

El borrador supone de iure una derogación de la normativa que UPN fue edificando en la segunda parte de su época en el Gobierno (2003, 2006, 2009...) involucionando respecto a anteriores gobiernos socialistas e incluso regionalistas (Juan Cruz Alli). El cambio podrá tener efectos inmediatos visibles en materia de rótulos, carteles; y otros a medio plazo, tratando de rentabilizar el personal ya formado en euskera en la Administración, dando más puntuación a su conocimiento como mérito y diseñando “circuitos bilingües” con puestos con requisito de la mano sobre todo en relación a los “servicios centrales” (aquellos que atienden a personas de toda Navarra) en una Administración en la que hoy, descontados los profesores del modelo D, el número de puestos al público con perfil bilingüe es del 0,9% cuando hay 12,9% de euskaldunes activos y un 10,3% pasivos. La reforma -impulsada desde el departamento de Relaciones Ciudadanas, pero de calado trasversal- fue presentada ayer a los sindicatos en la mesa de función pública. El objetivo es que, tras su debate y tramitación, sea aprobada en este semestre.

OBJETIVOS ESENCIALES

Atención a la ciudadanía

La figura de ‘servicios centrales’ y se devuelve el estatus a las zonas

El decreto, en su artículo 3, se refiere a sus “objetivos esenciales” poniendo el foco siempre en el interés del ciudadano como usuario y sujeto de derechos lingüísticos en una comunidad con dos lenguas propias, aunque no sean cooficiales en todo el territorio. Una figura importante con efectos prácticos es la concreción y desarrollo de los llamados “servicios centrales”, es decir aquellos (sanitarios, sociales...) que, con independencia de la zona lingüística en la que se radiquen, tengan un carácter general para toda la población o que reciban a población de otra zona lingüística: CHN, Hacienda... En este tipo de servicios los rótulos, señales, comunicaciones internas y externas etc... serán bilingües y se insta a definir luego en un plan y en la correspondiente plantilla orgánica los puestos que deberían tener este perfil para garantizar los “circuitos bilingües”, es decir, no duplicar plantillas sino que al menos un ciudadano euskaldun pueda realizar su proceso o gestión en esa lengua más allá de esperar traducciones. El segundo salto cualitativo del decreto consiste en recorrer la misma escalera prevista en la Ley del Vascuence pero en sentido inverso de la reforma de UPN que en la práctica degradó la zona vascófona en mixta y ésta casi en no vascófona. Así, la nueva normativa persigue que en la zona vascófona se posibilite el empleo indistinto de las dos lenguas oficiales como idiomas de trabajo y de servicio al ciudadano”. En el caso de la zona mixta se busca “organizar y capacitar al personal necesario para posibilitar el ejercicio de los derechos lingüísticos”, es decir, tender a que puedan usar el euskera o el castellano garantizando siempre -como en la vascófona- la opción del castellano, lo mismo que en la no vascófona donde de alguna manera el euskera pasa de estar casi prohibido o muy complicado a tratar de facilitar que también pueda dirigirse en euskera, si así lo requiere. Se da una opción, no se trata de ninguna imposición.

PLANIFICACIÓN CON PLAZOS

Desarrollo por departamentos

Progresivo en el tiempo y adaptado al contexto sociolingüístico

El borrador de decreto deja un amplio margen de actuación a los distintos departamentos y servicios (y total a los ayuntamientos) para concretar los objetivos esenciales pero a diferencia de otras normativas, sí exige una calendarización previo un trabajo de “diagnóstico”, “identificación” de recursos disponibles (con oferta de “formación”) y necesidades. El concepto de “progresividad” y “adecuación a las diferentes situaciones sociolingüísticas” preside el texto, priorizando en todo caso los puestos de trabajo de atención directa a la ciudadanía. También se da un paraguas legal a entidades locales y concursos de contratación de servicios, respetando la autonomía municipal y la LFV.

RÓTULOS E IMPRESOS

Señalización en dos idiomas

Un paisaje lingüístico en castellano y en euskera

El texto legal pretende acabar con la guerra de los carteles que se vivió en su momento, cuando mientras la Administración rebajaba tipográfica y cromáticamente (o simplemente lo suprimía en la zona no vascófona) la fórmula bilingüe otros sectores hacían lo propio con el castellano por la vía de los hechos. Existen diversos formatos con su tratamiento, según la zona y el nivel (uso interno, formularios, membretes, rótulos...) e incluso soporte (papel, web...) pero la filosofía general del decreto es priorizar (con grados según la zona lingüística) soportes compartidos (si sólo va en una lengua sería el castellano) dando el mismo tamaño y visibilidad al euskera y al castellano y sin excluir, cuando sea necesario, lenguas extranjeras. Las señales viarias se regirán por la misma filosofía: bilingüe en servicios centrales y zona vascófona (y de manera progresiva en la mixta); mientras que en la no vascófona se abre la puerta a señales bilingües aunque si van en un sólo idioma sería en castellano.

ACREDITACIÓN

Los títulos

Homologación con la UE y flexibilidad según niveles y puestos

El decreto es una oportunidad también para homologar a la UE las exigencias de titulaciones para puestos bilingües e introduce un factor de flexibilidad. Así, se deberá acreditar un B1, B2 o C1 (este último es el equivalente al popular EGA), según las características de los puestos. El B 1, no obstante, será sólo para puestos de nivel D o E sin funciones administrativas.

Vía: Noticias de Navarra