Fitero y Fustiñana se caen esta semana de la lista de municipios riberos con 'toque de queda' nocturno
El Gobierno de Navarra –con el aval del Tribunal Superior de Justicia de Navarra- ha renovado mediante la Orden Foral 26/2021 las medidas específicas de prevención frente al COVID-19 ya vigentes.
La nueva norma, que estará en vigor entre mañana viernes 30 de julio (00.00 horas) y el 2 de septiembre (ambos incluidos), mantiene las medidas genéricas durante ese periodo de tiempo, mientras que la relativa a la limitación de la movilidad nocturna -entre las 01:00 y las 06:00 los sábados y domingos, festivos, y fechas (incluidas las vísperas) en las que hubiera correspondido celebrar las fiestas patronales- en aquellos municipios y concejos que se encuentren en riesgo epidemiológico muy alto- se extenderá hasta el 5 de agosto y luego deberá ser autorizada semanalmente, así como la lista de las localidades a las que afecta. En esta nueva fase la restricción afecta a 135 localidades.
Por otra parte, sigue la restricción de reuniones a un máximo de 10 personas en el exterior y la suspensión de pasacalles, comidas populares y espectáculos taurinos de característica popular tales como encierros, encierrillos, sueltas de reses bravas o similares.
No hay cambios en otras normativas y artículos vigentes y se mantienen el horario de cierre para hostelería y ocio nocturno fijado previamente a la 1 de la madrugada, así como aforos y medidas en diferentes actividades y ámbitos ya conocidas previamente.
Esta medida seguirá afectando en la Ribera a Buñuel, Cadreita, Cascante, Castejón, Cintruénigo, Corella, Cortes, Milagro, Ribaforada, Valtierra, Villafranca y Tudela. Seguirán sin sufrir estas restricciones en Arguedas, Murchante, Monteagudo, Ablitas, Cabanillas, Fontellas, Barillas y Tulebras. Y tampoco en Fitero y Fustiñana, que se caen del listado respecto a la semana anterior.
Medida idónea, eficaz y proporcionada, según los jueces
La sala en su auto considera que la limitación de movilidad es una “medida idónea, esto es, eficaz para la contención de los contagios al evitar la interacción social en momentos en que se relajan las medidas de prevención como el uso de mascarilla y la distancia social".
Para la Sala de lo Contencioso-Administrativo, esta medida "es necesaria dada la gravedad de la situación con un ritmo de contagios que colocan a las poblaciones en las que se establece en riesgo extremo y puesto que el adelanto del cierre de locales de hostelería a la 01:00 horas, medida que también incide en el ocio nocturno acordado por Orden Foral 22/2021 y prorrogada por la Orden Foral 24/2021, no ha sido suficiente para controlar la expansión del virus en las localidades para las que se propone la limitación de la circulación nocturna".
Al respecto, el tribunal recuerda que la medida se considera "proporcionada" porque se adopta en el "mínimo imprescindible" para reducir la cadena de contagios, toda vez que no impide la movilidad de forma absoluta, ya que existen varias excepciones a dicha limitación y no se extiende a toda la Comunidad foral, sino que es aplicable únicamente en los municipios en riesgo y no se aplica todos los días de la semana.
Asimismo, la Sala ha autorizado la prórroga hasta el 2 de septiembre del resto de restricciones, como la limitación para todo el territorio en el número de personas que pueden reunirse en exteriores, que quedó fijado en 10. Además, los jueces avalan el mantenimiento de la suspensión de kalejiras y pasacalles, comidas populares y espectáculos taurinos de característica popular tales como encierros, encierrillos, sueltas de reses bravas o similares.
"También desde el punto de vista temporal, se consideran proporcionadas en las circunstancias actuales de la evolución de la pandemia, en la que hay que mantener un nivel de prudencia alto en la flexibilización de las medidas porque, como se destaca en la Orden Foral, el alto número de casos acumulados hace prever un mayor incremento de hospitalizaciones en las semanas próximas que debe ralentizarse para evitar que impacte en la planificación de la actividad no COVID-19 del hospital, como así ha ocurrido en otras olas anteriores", subrayan los magistrados.
La Orden Foral pretende rebajar una cadena de contagios en la Comunidad que, a pesar de dar signos de estabilización, se mantiene en números muy elevados y evitar asimismo un mayor tensionamiento de los servicios sanitarios, que han visto multiplicados sus datos de ocupación en las últimas semanas. La incidencia acumulada a los 14 y 7 días en Navarra es de 953 y 419 casos por 100.000 habitantes respectivamente, con una ralentización en el ritmo de contagios, aunque aún en niveles de riesgo muy altos.
En estos momentos, la situación del COVID-19 es de circulación epidémica con intensidad alta y, a pesar de la citada estabilización después de un comienzo de mes marcado por un pico de contagios, ronda una media de en torno a los 400 casos diarios, la mayoría de ellos correspondientes a la variante delta (un 85%), que presenta una transmisibilidad superior a las de otras cepas precedentes del virus. Por otro lado, se puede observar que las incidencias en los grupos de 12 a 29 años, que agrupaban el grueso de los contagios a principios de julio, ya se están extendiendo a los siguientes grupos de edad.
Si bien el impacto de la vacunación a la hora de prevenir casos sintomáticos e ingresos es muy amplio, el proceso de inmunización no está concluido, aunque continúa avanzando a ritmo alto –el 74% de la población total tiene una dosis y un 64% la pauta completa-. Las elevadas cifras de contagios están teniendo repercusión en los servicios asistenciales, habiéndose incrementado los ingresos en hospitalización convencional y en unidades de críticos a lo largo del mes y de forma muy significativa la última semana. En apenas 30 días, se ha pasado de una ocupación de 20 camas –a 27 de junio- a las 120 de ayer, de las que 19 se corresponden con puestos UCI.
Este significativo incremento de la necesidad de recursos hospitalarios, de Salud Pública y de Atención Primaria –a lo que se suma el importante contingente de profesionales que se dedica a las tareas de vacunación, rastreo y realización de pruebas diagnósticas en el pico de la ola, podría impactar en la programación de actividad no COVID, si bien el objetivo estratégico durante la pandemia ha sido mantener al máximo dicha actividad. En ese sentido, se hace necesario mantener las medidas preventivas recogidas en la nueva Orden Foral durante el plazo de un mes –hasta el 2 de septiembre- dado que el alto número de casos acumulados hace prever un mayor incremento de hospitalizaciones en las semanas próximas, un aumento que debe ralentizarse para evitar que impacte en la actividad no COVID de los servicios sanitarios y asistenciales, además de para evitar los ingresos graves y decesos entre los afectados.
Limitación de movilidad nocturna este fin de semana en 135 localidades
La limitación de la movilidad nocturna puesta en marcha la semana pasada se extiende ahora hasta el 5 de agosto con una nueva concreción de listado de localidades afectadas ya que deberá ser autorizada semanalmente por los tribunales y, de ser así, se continuará aplicando en aquellas localidades que tienen valores que superan los 250 casos por 100.000 habitantes en 14 días y los 125 en los últimos 7.
El listado se incluye dentro de la orden foral que ya se ha publicado en el Boletín Oficial de Navarra (BON) así como en Gobierno Abierto. También se pondrá en conocimiento de la Federación Navarra de Municipios y Concejos (FNMC).
Si la medida afectara a municipios en cuyo ámbito territorial existan concejos, con fechas distintas de fiestas patronales, esta medida solamente se aplicará durante esos días a los concejos en los que se hubieran celebrado las fiestas y no en al resto del municipio.
Como ya se está llevando a la práctica, en estas localidades únicamente se podrá circular durante esas horas nocturnas para actividades como la adquisición de medicamentos y productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad, asistencia a servicios sanitarios y veterinarios, cumplimiento de obligaciones laborales o legales, cuidado de personas vulnerables, repostaje en gasolineras para la realización de las actividades citadas hasta ahora, y por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Asimismo, se mantiene la limitación de un máximo de 10 personas para reuniones en el exterior, mientras no se recomienda que se supere este número en espacios privados ni que, en este ámbito, se rebasen las tres unidades convivenciales. Por otro lado, seguirá sin permitirse la celebración de pasacalles o kalejiras, la de las denominadas comidas populares y la de espectáculos taurinos de característica popular tales como encierros, encierrillos, sueltas de reses bravas o similares. Los horarios y aforos de los distintos sectores se mantienen como hasta ahora.